La reparacion, desde el 2003 permitio desmontar las principales espadas neoliberales en lo que hace a los derechos del trabajo y la apropiacion despiadada del ahorro interno genuino del pueblo argentino
UNA LEY QUE FRENA CONQUISTAS
Por Jorge Rachid*
Veníamos bien en el avance
que significaban para los trabajadores, la reparación, que desde el año
2003 permitió desmontar las principales espadas neoliberales en lo que
hace a los derechos del trabajo y la apropiación despiadada del ahorro
interno genuino del pueblo argentino. La derrota de la flexibilización
laboral, la reinstalación de los Convenios Colectivos de trabajo, el
Consejo del Salario Mínimo, la eliminación de las AFJP, la incorporación
al sistema previsional de mas de dos millones de argentinos, víctimas
de la desocupación desaprensiva de los 90 que nunca podrían jubilarse,
la asignación universal por hijos, los planes trabajar cooperativizando
el esfuerzo y direccionando la obra pública hacia el compromiso social,
entre otras conquistas, hicieron en el gobierno un estandarte del
compromiso político.
Esta nueva Ley de riesgos del trabajo,
interrumpe esta seguidilla de avances, le pone un freno que responderá
sin dudas a elementos diagnósticos de la etapa que debe sopesar la
Presidenta, pero que no debe impedir que los militantes del movimiento
nacional y de la seguridad social, con pensamiento crítico, sigamos
planteando el escenario hacia el cual creemos que debe desarrollarse el
camino del modelo social solidario del siglo XXl, que en este campo
específico significa eliminar los sistemas de lucro del cuidado de la
salud de los trabajadores, es decir implica la desaparición de las ART
del marco de la seguridad social argentina, como desaparecieron las AFJP
y que el estado sea el garante y regulador de la higiene y seguridad en
el trabajo.
La nueva ley que es de reparación del
daños, aumenta los montos indemnizatorios, los actualiza semestralmente,
incorpora el daño moral con un 20% sobre la reparación, permite el
ingreso de las mutuas sin fines de lucro al sistema, entre otros avances
en un terrenos de matriz neoliberal planteado por la ley que se
reemplaza, la 24557, que junto a la 24241 de AFJP y la flexibilización
laboral, constituyó el combo del Banco Mundial de los 90.
Cuando reparamos el daño, es porque
llegamos tarde, porque la salud que es el derecho humano esencial y la
salud para los trabajadores que es su único capital en el mundo de la
negociación salarial, por lo que la preservación, la prevención, su
cuidado como así su capacitación, dependen de la inversión patronal en
higiene y seguridad, todas cuestiones que fueron
responsabilidades nunca cumplidas de las ART, los modelos de gestión y
producción de bienes y servicios cuestión de nula negociación en los
Convenios, provisión de elementos de protección, medidas de prevención
medio ambientales cuyas primeras víctimas siempre son los trabajadores.
Como vemos no existen los accidentes, existe el desprecio por la salud
de los trabajadores. La ley de higiene y seguridad vigente la 19.587 fue
promulgada por el dictador Lanuse y reglamentada por el dictador
Videla.
En ese sentido el tiempo transcurrido
desde el 15 de julio de 1996 hasta la fecha, nos hace visualizar el
funcionamiento del sistema de la SRT superintendencia destinada a
controlar la ley, financiada por las ART las mismas que deben ser
controladas, privatizando de hecho la higiene y seguridad en el trabajo.
Dicho funcionamiento que según sus propios datos originó desde el 2001
al 2010 5,5 millones de accidentes de trabajo de los cuales casi el 5%
fueron resultantes de invalidez para el obrero siniestrado con su
exclusión del trabajo y su pase al sistema previsional, o sea 275.000
compatriotas de la población económicamente activa
lesionados severamente por ir a ganarse el sustento para sus familias,
además de 7.000 muertos en el mismo período o sea un Cromañón cada dos
meses. Afianzar este mecanismo es perverso para el cuerpo social
argentino.
Debo agregar que el impacto sobre la
seguridad social de los sistemas solidarios de salud que producen los
sistemáticos rechazos de las ART a patologías derivadas del trabajo,
determinado la inculpabilidad de las mismas, siendo en definitiva
atendidas por la obras sociales sindicales, provinciales o los sistemas
públicos de salud, con la carga económica que conlleva, además de la
pérdida del derecho resarcitorio para el trabajador y del salario para
el patrón ya que deberían ambos ser abonados por la ART, que como toda
aseguradora, su negocio es no pagar, buscando la escusa para no hacerlo.
Así se modificaron procesos etiológicos de producción de patologías,
con médicos patronales que participan en dichas cuestiones por las
cuales las hernias discales dejaron de ser patologías del trabajo, por
mas que el trabajador cargue bolsas de 50 kilos por años y a los 40 años
esté inutilizado, la fórmula que aplican es “proceso degenerativo de
columna lumbar”.
A esto debemos agregar que de las
enfermedades o patologías del trabajo denunciadas, sólo el 2% son
enfermedades profesionales lo cual habla de un subregistro que además es
acotado en forma tajante por el listado emanado del Baremo de la ley
24557. Dicho Baremo, tabla de incapacidades para traducirlo, que debería
ser indicativo, no determinativo, se ha constituído en una herramienta
que desde el punto de vista médico no toma en cuenta la integridad del
trabajador, ni el daño sistémico que produce el siniestro y mucho menos
los procesos paulatinos de deterioro que causan los trabajos sobre el
cuerpo humano. Para eso deberían conocer quienes evalúan las
incapacidades, los mecanismos íntimos de cada procedimiento productivo o
de servicios, ya que el organismo humano no es indemne a la
automatización, ni al sobrepeso de carga ergonómica máxima, ni a los
déficit posturales, ni a los vicios ergonómicos, ni a los ambientes
ruidosos aunque sean en límites permitidos, ni a los contaminantes
ambientales. Todo concurre en su deterioro y ante un accidente de
trabajo que origine amputación por mínima que sea afecta desde la
capacidad de presión verificada en puño, pinza o garra si es en mano o
de bipedestación y marcha si es en miembros inferiores, además del
strees postraumático del amputado, cuya personalidad es afectada por el
evento en forma permanente.
Se observará que estamos hablando del daño
y sus consecuencias, sin entrar a analizar todas las trabas
burocráticas interpuestas entre el trabajador y su evaluación como
mecanismos de desactivación de denuncia, hecho por demás cotidiano en la
práctica diaria. En efecto a través de resoluciones que alteraron la
ley, el trabajador debe recurrir a médicos laborales o legistas para
presentar su solicitud de de Comisión Médica, conformadas las mismas por
fuera del sistema de salud, tanto para el accidente como para la
invalidez. O sea un sistema donde los intereses privados, en este caso
los de las ART sin privilegiados en la relación íntima del dictamen
final de la incapacidad, el alta prematura o la reafirmación del rechazo
del siniestro.
Sin dudas será un camino difícil construir
el modelo social solidario del siglo XXl donde los resabios
neoliberales sean sólo un recuerdo y en ese sentido la gobernabilidad
tormentosa de confrontar enemigos poderosos nacionales e
internacionales, ha dado lugar a estas concesiones a una UIA que pide
devaluación y apertura de importaciones, ambos pedidos que han sido
negados en función de preservar la marcha del modelo nacional ,
desgraciadamente la prenda ha sido postergar una resolución a un tema
estructural del combate cultural al neoliberalismo que hace a la salud
de los trabajadores.
No cambiar salud por dinero ha sido una
máxima de la medicina del trabajo, otra ha sido que donde entra el
negocio, sale la salud y siendo esta el valor absoluto de los derechos
humanos del hombre, debemos plantearnos con urgencia reemplazar la ley
19.587 de higiene y seguridad de la dictadura, por una ley de prevención
de riesgos que exija inversión, controle y regule las condiciones medio
ambientales y productivas con fuerte presencia del estado, como garante
necesario por mandato constitucional de la salud de todos los
argentinos.
*Médico del trabajo y la seguridad social
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