La ley de salud mental lleva más de dos años sin reglamentar
Se trata de la ley que pone límites a la internación
de personas contra su voluntad y apunta a reemplazar los hospitales
neuropsiquiátricos por la atención comunitaria. Vinculan la demora con
“presiones de la corporación psiquiátrica”.

Por Pedro Lipcovich
Decenas
de organizaciones –entre ellas el CELS, la Federación de Psicólogos y
la Red de Usuarios y Familiares– comunicaron su “preocupación por la
demora en la reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental No
26.657, de cuya promulgación se cumplieron dos años”, y solicitaron
audiencia a la Presidenta de la Nación, al jefe de Gabinete y a la
Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia: “Urgimos a las autoridades
a cumplimentar una tarea que es de su competencia” y “de cumplimiento
obligatorio”. Según manifestaron peticionantes, “la demora no es
burocrática sino política”: la vincularon con “presiones de la
corporación psiquiátrica, especialmente en su vinculación con clínicas
privadas”. La ley que aguarda reglamentación fue avalada por la OPS y
por diversas entidades de derechos humanos: pone límites a la
internación de personas contra su voluntad y apunta al reemplazo de los
“neuropsiquiátricos” por la atención de la salud mental en el marco de
la comunidad. Sin embargo, la Asociación de Psiquiatras Argentinos
(APSA) sostiene que “debe revisarse la Ley 26.657”, y que en ella hay
“imprecisiones” y “contrasentidos”. Un vocero del Ministerio de Salud de
la Nación declaró que “la ley vale también para aquellos a quienes no
les guste”, y destacó que “la reglamentación fue enviada hace más de dos
meses a la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia”.
“Las organizaciones civiles de defensa de los derechos de las
personas usuarias de los servicios de salud mental, familiares y
trabajadores, nos reunimos para expresar nuestra gran preocupación por
la falta de reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657,
sancionada el 25 de noviembre de 2010 y promulgada por usted el 3 de
diciembre del mismo año”, dice la nota por la cual varias entidades
pidieron audiencia a Cristina Fernández de Kirchner. Está suscripta por
Red FUV (Red de Familiares, Usuarios y Voluntarios por los Derechos en
Salud Mental), APEF (Asociación de Ayuda al Paciente con Esquizofrenia y
su Familia), Fepra (Federación de Psicólogos de la República
Argentina), Apadh (Asociación de Psiquiatras y Adherentes por los
Derechos Humanos) y otras entidades. “Es de extendido conocimiento que,
con posterioridad a esa fecha, organizaciones con intereses corporativos
intentaron introducir modificaciones que tuercen el espíritu de nuestra
Ley Nacional de Salud Mental.” La nota destaca “la necesidad urgente de
las personas con padecimiento mental y sus familias de contar con
servicios accesibles e inclusivos para la atención de su salud”.
Otra presentación solicita audiencias con Juan Manuel Abal Medina
–jefe de Gabinete de Ministros de la Nación– y con Carlos Zannini,
secretario de Legal y Técnica. Entre las entidades firmantes están el
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Encuentro Nacional de
Prácticas Comunitarias en Salud Mental, Colectivo 448, Fundación por los
Derechos en Salud Mental (Fundat), Asociación por los Derechos en Salud
Mental (Adesam), Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y
“La Puerta”, Centro de Salud, Arte y Pensamiento: “Urgimos a las
autoridades a cumplimentar una tarea que es de su competencia y de
cumplimiento obligatorio”, ya que “la demora en la aprobación del
decreto reglamentario sigue sosteniendo la vulneración de derechos
fundamentales de las personas usuarias”, sostienen.
Macarena Sabin Paz, coordinadora del equipo de salud mental del
CELS, sostuvo que “la reglamentación está detenida en la Secretaría
Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación. Advertimos una falta de
voluntad política por sacarlo adelante. La elaboración y sanción de la
ley respondió a un impulso político muy fuerte, que después no ha tenido
correlato desde el Poder Ejecutivo, y hay un silenciamiento sobre qué
está pasando. Al no estar reglamentada, no se implementan normas como la
creación del Organo de Revisión multidisciplinario para monitorear las
condiciones de internación. En estos meses hubo voces encontradas sobre
cómo debería ser la reglamentación: algunas responden a cuestiones
corporativas o a intereses de los profesionales. Exigimos una
reglamentación que detenga las violaciones sobre los derechos humanos,
que continúan”.
Eduardo Perazzo –representante ante el Observatorio de la Convención
por los Derechos de las Personas con Discapacidad y referente de uno de
los petitorios– destacó que “en el área judicial se avanzó con la ley:
jueces y abogados revisan insanias y procedimientos respecto de personas
con padecimiento mental. Pero, en los servicios de salud, la persona
con padecimiento mental suele seguir el circuito clásico que termina con
la internación en establecimientos psiquiátricos. La falta de
reglamentación permite una interpretación demasiado amplia de la ley, y
existe el riesgo de que la reglamentación retroceda en los avances que
propició esta ley”.
“La demora no es burocrática sino política”, sostuvo Angel Barraco
–asesor de la Comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires– y recordó que “la presidenta Cristina Fernández de Kirchner
promulgó la Ley 26.657 de Salud Mental, en un acto en el que
participaron compañeros del Frente de Artistas del Borda y de radio La
Colifata: la más alta instancia política se comprometió a hacer
operativa la ley, y por eso es llamativo lo que sucede”. Barraco comentó
que “para calibrar la importancia de la reglamentación tengamos
presente lo que pasó con la ley de salud mental de Córdoba, cuya
reglamentación la modificó a tal punto que, pese a la oposición social,
se abrió una nueva clínica privada para internar chicos en la capital
provincial”. Los sectores corporativos vinculados con clínicas privadas
son los que más se resisten a la ley, que prohíbe la apertura de nuevas
unidades exclusivas para atención psiquiátrica.
Por su parte, Alfredo Cía, presidente de la Asociación de
Psiquiatras Argentinos (APSA), ante la consulta de este diario
respondió: “Adherimos a la declaración que el 25 de agosto de 2011
formuló el Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la UBA”. Ese
documento sostiene que “debe revisarse cuidadosamente la Ley 26.657
antes de la formulación de su decreto reglamentario, para superar
numerosas imprecisiones y contrasentidos de su redacción”, y pide “una
amplia y efectiva consulta con los estamentos universitarios,
científicos y profesionales”, entre los cuales sólo incluye a “los
ámbitos médicos, jurídicos y de trabajadores no profesionales de la
salud mental”, a fin de “consensuar una reglamentación”.
El documento que hace suyo APSA manifiesta discrepancias con el
texto de la ley. Así sostiene que en caso de “falta de acuerdo del
equipo interdisciplinario tratante sobre la conveniencia de una eventual
internación, quien definirá la utilidad de ella en el caso concreto
será el médico psiquiatra, por ser el profesional capacitado para
efectuar un diagnóstico diferencial entre cuadros funcionales y
orgánicos, y una evaluación del estado clínico general del paciente”.
También requiere que “la idoneidad y capacidad para el cargo de
conducción y gestión de servicios o instituciones deberá ser encuadrada
bajo los criterios establecidos en la Ley 17.132” –promulgada en 1967
por la dictadura militar de Juan Carlos Onganía–, que no sólo reservaba
aquellos cargos para los médicos sino que directamente prohibía el
ejercicio de la psicoterapia a los psicólogos.
LA LEY ARGENTINA SEGUN HUGO COHEN, ASESOR DE LA OPS
“Un modelo para países de la región”
“La Organización Panamericana de la Salud (OPS) promueve la
implementación de la Ley de Salud Mental argentina, promulgada en
diciembre de 2010, pero cuya reglamentación aún está pendiente”, precisa
una declaración de esta entidad.
Hugo Cohen, asesor regional en salud mental de OPS, destacó que “la
Ley 26.657, de Salud Mental, fue examinada y avalada por las más altas
autoridades de OPS. Y, después de su sanción, la ley argentina se tomó
como referente en diversos países de Sudamérica y Centroamérica: en
Colombia, es tomada como referencia en el actual proyecto de ley de
salud mental; Honduras, Guatemala y El Salvador tomarán en cuenta este
modelo para establecer una base común para sus proyectos de ley de salud
mental; también es referencia para la Comisión de Inclusión Social del
Congreso peruano; y jueces penales de ese país y de Chile viajaron a la
Argentina en busca de apoyo para desarrollar legislaciones en salud
mental”.
–¿La OPS acuerda con la Ley 26.657 en la paulatina supresión de las
instituciones dedicadas exclusivamente a la internación psiquiátrica?
–De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, en salud mental
no existe el equivalente del tercer nivel de complejidad, como puede
existir para la atención de quemados o unidades de trasplantes: en salud
mental, el máximo nivel de complejidad se da en la comunidad. Poner
límite a una situación de crisis en una persona no lleva más que unos
días. Lo más difícil es lograr su efectiva inclusión en la comunidad, y
esto no se hace dentro de las paredes de un hospital, sino en el
contexto de todos los días.
–¿Y en personas que tienen un deterioro muy importante?
–En la desmanicomialización no se trata de cerrar, sino de abrir, de
construir nuevas ofertas. Efectivamente, hay personas que necesitarán
un apoyo de mayor intensidad y duración, pero siempre hay que tender a
promover las capacidades del individuo: hasta el más demenciado tiene
sus capacidades o sus posibilidades de resiliencia, que deben promoverse
y estimularse aun cuando esté internado, para que pueda activarlas y
estabilizar un cuadro de posible deterioro.
–¿La OPS avala que las internaciones en salud mental no sean determinadas sólo por médicos psiquiatras?
–Ciertamente. El diagnóstico debe realizarse, como dice la ley
argentina, en el seno de un equipo interdisciplinario: a más saberes,
mayor probabilidad de entender lo que le pasa a esa persona. Claro que
dentro de ese equipo debe haber un médico. Hay síntomas de aparente
psicosis que responden a causas tumorales, infecciosas, tóxicas,
traumáticas o metabólicas, y le toca al médico descartar estas
posibilidades; pero las cuestiones concernientes a los afectos, al
entorno sociofamiliar, a si la persona tiene lugar donde vivir o no, son
importantes a la hora de decidir qué se va a hacer y deben ser
examinadas por el equipo interdisciplinario.
–¿La OPS admite que las jefaturas de servicios e instituciones puedan ser ejercidas por profesionales no médicos?
–Benedetto Saraceno, director de Salud Mental de la Organización
Mundial de la Salud, ha destacado que, en países con sistemas de salud
avanzados, a menudo los jefes de salud mental son enfermeros o
trabajadores sociales. En Gran Bretaña, los problemas más frecuentes de
salud mental son atendidos por los médicos generalistas, que tienen a su
cargo la medicina de familia; claro que han sido capacitados y tienen
supervisión.
“Quita poder a los psiquiatras”
“Es importante reglamentar la Ley 26.657 porque, mientras tanto,
muchos médicos no la están tomando suficientemente en cuenta”, sostuvo
Roberto, integrante de la Asamblea Permanente de Usuari@s de los
Servicios de Salud Mental (Apussam).
–¿En qué situaciones puede ser importante para los usuarios la reglamentación de la Ley de Salud Mental? –preguntó Página/12.
–Hay que decir que los jueces ya están aplicando la ley, todavía sin
reglamentar. Por ejemplo, hace poco se acercó a Apussam una usuaria que
pasó 13 años internada en el Moyano. En ese tiempo, el marido le quitó
la tenencia de los hijos y la fábrica de la que era propietaria, y
estaba tratando de sacarle la casa. Pero ahora la situación es distinta:
ella vino a nuestra agrupación y pudo hacer una consulta jurídica. Es
un ejemplo de cómo la ley anterior conllevaba un despojo total sobre el
usuario. Y las asociaciones psiquiátricas protestan porque la
internación no la determina el psiquiatra solo: necesita otra firma, que
puede ser la de un psicólogo, y también interviene el juez. Esto les
saca poder a los psiquiatras, que tenían un manejo discrecional que se
prestaba a cosas siniestras; basta con recorrer los archivos judiciales
para ver los casos de personas que fueron declaradas injustamente
insanas.
“En mi caso –continuó Roberto–, en 1994 tuve un pico alucinatorio:
afortunadamente, al día siguiente me atendió una psiquiatra y me dio una
medicación, un antipsicótico que me sacó de esa situación. Desde
entonces sigo en tratamiento pero, por ejemplo, ningún psiquiatra me
advirtió que ciertos trabajos pueden disparar mis síntomas
alucinatorios, lo cual me obliga a volver a tomar la medicación. Si me
hubiera atendido un equipo interdisciplinario, habría sido más fácil
detectar esto. La nueva ley permite que el usuario esté más guiado, con
más seguimiento del equipo. Pero lo fundamental es que se ponga fin a la
estructura de las grandes clínicas: a los depósitos de locura.”
“Existe y hay que implementarla”
“El 16 de octubre de 2012, el expediente con la reglamentación de la
Ley 26.657 fue remitido a la Secretaría Legal y Técnica de la
Presidencia de la Nación, que ya lo había recibido y devuelto antes para
modificaciones formales –precisó a este diario una alta fuente del
Ministerio de Salud de la Nación–. Entendemos que son muchos los
expedientes que llegan a esa repartición; estamos a la espera de su
aprobación y, mientras tanto, vamos implementando la ley en distintos
lugares del país, generando espacios de discusión y aumentando la
presencia de la salud mental en la atención primaria. También, a pedido
de los jueces, nuestros profesionales se encargan de fiscalizar casos de
personas declaradas insanas: alguien puede estar hoy en plena crisis
pero, al mes siguiente, estar en condiciones de votar y de manejar sus
bienes.”
La fuente destacó que “la ley ya existe y hay que implementarla, y
esto vale también para aquellos a quienes no les guste. Por ejemplo, en
el reciente congreso de la Asociación Psiquiátrica de América latina
(APAL), nadie se permitió hablar contra la ley, aunque tampoco hayan
dicho que les parezca maravillosa. Pero nadie puede manifestarse en
contra de la inclusión social; por lo menos no pueden verbalizarlo, y
entonces hay un viraje”.
Este diario intentó en vano comunicarse con los responsables de
prensa de la Jefatura de Gabinete de la Nación, de la cual depende la
Secretaría Legal y Técnica