Condenan al SAS por un tratamiento deficiente que ha dejado coja a una deportista
La paciente ingresó en el Hospital de Puerto Real, donde le diagnosticaron una fractura de peroné
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Puerto Real
ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por los servicios
jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' en defensa de la
paciente C.C.F., por el "defectuoso tratamiento" recibido en 2009 en el
Hospital Universitario de la mencionada localidad gaditana en una
fractura de peroné.
El fallo, que deja para un posterior pleito la
liquidación concreta de las cantidades, declara igualmente la
responsabilidad de causa-efecto entre el daño sufrido por esta paciente
deportista y el defectuoso tratamiento médico recibido en el citado
hospital, a la par que también le impone al SAS las costas causadas a la
demandada.
La paciente, de 28 años en 2009, se fracturó el peroné
jugando al fútbol sala de alta competición, siendo evacuada al Hospital
de Puerto Real, donde, tras comprobar la gravedad de la fractura,
confirmaron el diagnóstico de fractura de peroné y de los ligamentos
internos del tobillo derecho, y la necesidad de intervención quirúrgica
inmediata.
Durante la intervención quirúrgica, que se complicó
debido, al parecer, a que tuvo lugar una rotura de la broca de un
taladro, se le redujo el peroné con una placa y seis tornillos. Además,
otro tornillo más se le colocó del peroné a la tibia para corregir la
sindesmosis.
Tras dos días ingresada, le dieron de alta del
postoperatorio. No obstante, a la primera revisión, al mes, le
comunicaron que tendrían que reintervenirla porque habían observado una
anomalía y tenían que extraerle el tornillo que fija el peroné con la
tibia. Se programó la segunda intervención que fue practicada por la
misma cirujana, que consiguió extraer el tornillo metálico.
Continuó las revisiones, aunque el día en que debía
apoyar el pie y comenzar a retomar la marcha por bipedestación, el pie
seguía muy inflamado, no tenía movilidad articular y estaba muy rígido.
Por ello, comenzó ya en junio de 2010 la rehabilitación
en la Casa del Mar del Puerto de Santa María, donde desde el primer día
los fisioterapeutas se extrañaron de la rigidez del pie y de la nula
flexión articular que no pasaba de 10 grados y la movilidad lateral
estaba completamente limitada.
Ante tales sensaciones y la falta de avance, la propia
rehabilitadora jefe encargó una resonancia que arrojó la "defectuosa
reducción de la fractura, por falta de aporte óseo y el acortamiento del
peroné y la subluxación externa del astrágalo".
La sentencia declara probado que en las radiografías de
control postoperatorias, existe una desviación de fragmentos que no
existían antes de la intervención, es decir, que la fractura quedó peor
reducida que después de la intervención. La defensa del caso ha sido
tramitada por el letrado José Luis Ortiz Miranda, adscrito a los
servicios jurídicos de El Defensor del Paciente.
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